Nueva ley de cooperativas de Madrid

Publicado: 01·03·2023 



El pasado día 9 de febrero se aprobó por unanimidad la nueva ley de cooperativas de Madrid en la Asamblea legislativa autonómica con el respaldo de todos los grupos parlamentarios y el apoyo del sector.

La nueva normativa, que sustituye al anterior texto que ha tenido una vigencia de más de 20 años, es fruto del trabajo realizado por todo el sector, que desde hace unos años no ha escatimado esfuerzos para coordinar, consultar, proponer y redactar los contenidos entre las distintas organizaciones y, en nuestro caso, directamente con las cooperativas de trabajo asociado y en colaboración con FECOMA y COCETA.

Esta es una ley que tiene el objetivo de flexibilizar la creación y el funcionamiento de las cooperativas para que sean más ágiles y competitivas, eliminando trabas burocráticas y regulatorias y por tanto, es un texto que pretende actualizar e impulsar el sector cooperativo en nuestra comunidad puesto que es fuente de generación de empleo, riqueza y bienestar colectivo. 

La nueva ley, 2/2023 de 24 de febrero 2023, cuenta con 147 artículos, 4 disposiciones adicionales, 2 disposiciones transitorias, una única disposición derogatoria y 3 disposiciones finales.

Algunas novedades de la ley a destacar son:

  • La eliminación de la exigencia de un capital social mínimo de 3.000 euros para constituir una cooperativa, por lo que un euro será suficiente para su constitución.
  • Pretende mejorar la liquidez de las empresas con la reducción de las aportaciones al fondo de reserva obligatorio.
  • Se habilita un plazo de 30 días hábiles para el otorgamiento de la escritura de constitución.
  • Se clarifica, a su vez, la clasificación de las cooperativas: de producción, de consumo de bienes y servicios, especiales, de sectores y de vivienda en concesión de uso.
  • Se da entrada de forma novedosa a las cooperativas de artistas incluyendo la tauromaquia.
  • Se recoge la regulación de las cooperativas energéticas y de autoconsumo.
  • Se amplía la posibilidad de constituir una cooperativa sin ánimo de lucro a todas las clases de cooperativas.
  • De cara a eliminar toda traba regulatoria innecesaria en el ámbito de la Administración, se sustituirá el régimen de autorizaciones administrativas por una comunicación o declaración responsable.
  • Se facilita la gestión de las cooperativas al permitirse la celebración de las asambleas y consejos rectores de manera no presencial, y se limitará la responsabilidad de los socios por las deudas de estas sociedades, impidiéndose que pueda exigirse mayor responsabilidad que la aportación que hizo el socio al capital social.
  • Por último, las disoluciones y liquidaciones serán efectivas bastando su constancia en escritura pública y una única publicación en el BOCM, para reducir así los costes del procedimiento.

Desde COOPERAMA agradecemos a los partidos que componen el arco parlamentario su posicionamiento a favor, consiguiendo un consenso total en torno al texto y de cara a poner en marcha una ley que llevábamos tiempo reclamando desde nuestra organización. 

Agradecemos especialmente, también, a todos aquellos agentes, personas y cooperativas que de forma desinteresada han contribuido con su esfuerzo y tiempo a que esta ley sea una realidad. 

COOPERAMA creará un equipo de seguimiento de la aplicación de la ley con la idea de hacer un rastreo en el proceso de puesta en práctica del nuevo texto y solicita que se dote con los recursos necesarios al Registro de Cooperativas de Madrid para facilitar la aplicación fluida de la nueva normativa.